TESTAMENTO HOLÓGRAFO
("Ideario del Libertador José de San Martín"
Centro Cultural Florencio Varela - 1950 -
Asociación de Docentes del C.E.XV)
"En el nombre de Dios Todo Poderoso a quien reconozco como Hacedor del Universo: Digo yo José de San Martín, Generalísimo de la República del Perú, y Fundador de su livertad, Capitán General de la de Chile, y Brigadier General de la Confederación Argentina, q’ visto el mal estado de mi salud, declaro por el presente Testamento lo siguiente: Primero, dejo por mi absoluta Heredera de mis bienes havidos y por haver a mi única Hija Mercedes de San Martín, actualmente casada con Mariano Balcarce.
2º, es mi expresa voluntad el que mi Hija suministre a mi hermana María Elena, una pensiónde Mil francos anuales, y a su fallecimiento, se continúe pagando a su hija Petronila, una de 250 hasta su muerte, sin que para asegurar este don que hago a mi hermana y sobrina, sea necesaria otra Hipoteca que la confianza que me asiste de que mi hija y sus herederos cumplirán religiosamente esta mi voluntad.
3º, El sable que me ha acompañado en toda la Guerra de la Independencia de la América del Sud, le será entregado al General de la República Argentina don Juan Manuel de Rosas, como una prueba de la satisfacción, que como argentino he tenido al ver la firmeza con que ha sostenido el honor de la República contra las injustas pretenciones de los Estranjeros que trataban de Umillarla.
4º, Proibo el que se me haga ningún género de Funeral, y desde el lugar en que falleciere se me conducirá directamente al Cementerio sin ningún acompañamiento, pero si desearía que mi corazón fuese depositado en el de Buenos Ayres.
5º, declaro no dever ni haver debido nada, a nadie.
6º, Haún que es verdad que todos mis Anelos no han tenido otro objeto que el bien de mi Hija amada, debo confesar, que la honrada conducta de esta y el constante cariño y esmero que siempre me ha manifestado, han recompensado con Usura, todos mis esmeros haciendo mi bejez feliz; yo la ruego continuar con el mismo cuidado y contracción la educación de sus Hijas (a las que abrazo con todo mi corazón) si es que a su vez quiere tener la misma feliz suerte que yo he tenido. Igual encargo hago a su Esposo, cuya honrades y honbría de bien no ha desmentido la opinión que havía formado de él, lo que garantiza continuará haciendo la felicidad de mi Hija y Nietas.
7º, Todo otro Testamento o disposición anterior al presente queda nulo y sin ningún balor.
Hecho en París, a veynte y tres de Eenero del año milochocientos quarenta y quatro, y escrito todo de mi puño y letra."
2º, es mi expresa voluntad el que mi Hija suministre a mi hermana María Elena, una pensiónde Mil francos anuales, y a su fallecimiento, se continúe pagando a su hija Petronila, una de 250 hasta su muerte, sin que para asegurar este don que hago a mi hermana y sobrina, sea necesaria otra Hipoteca que la confianza que me asiste de que mi hija y sus herederos cumplirán religiosamente esta mi voluntad.
3º, El sable que me ha acompañado en toda la Guerra de la Independencia de la América del Sud, le será entregado al General de la República Argentina don Juan Manuel de Rosas, como una prueba de la satisfacción, que como argentino he tenido al ver la firmeza con que ha sostenido el honor de la República contra las injustas pretenciones de los Estranjeros que trataban de Umillarla.
4º, Proibo el que se me haga ningún género de Funeral, y desde el lugar en que falleciere se me conducirá directamente al Cementerio sin ningún acompañamiento, pero si desearía que mi corazón fuese depositado en el de Buenos Ayres.
5º, declaro no dever ni haver debido nada, a nadie.
6º, Haún que es verdad que todos mis Anelos no han tenido otro objeto que el bien de mi Hija amada, debo confesar, que la honrada conducta de esta y el constante cariño y esmero que siempre me ha manifestado, han recompensado con Usura, todos mis esmeros haciendo mi bejez feliz; yo la ruego continuar con el mismo cuidado y contracción la educación de sus Hijas (a las que abrazo con todo mi corazón) si es que a su vez quiere tener la misma feliz suerte que yo he tenido. Igual encargo hago a su Esposo, cuya honrades y honbría de bien no ha desmentido la opinión que havía formado de él, lo que garantiza continuará haciendo la felicidad de mi Hija y Nietas.
7º, Todo otro Testamento o disposición anterior al presente queda nulo y sin ningún balor.
Hecho en París, a veynte y tres de Eenero del año milochocientos quarenta y quatro, y escrito todo de mi puño y letra."
José de San Martín
"Artículo adiccional:
Es mi boluntad el que el Estandarte que el Brabo Español don Francisco Pizarro tremoló en la conquista del Perú sea debuelto a esta República (a pesar de ser una propiedad mía) siempre que sus Gobiernos hallan realizado las Recompensas y honores con que me honrró su primer Congreso."
Es mi boluntad el que el Estandarte que el Brabo Español don Francisco Pizarro tremoló en la conquista del Perú sea debuelto a esta República (a pesar de ser una propiedad mía) siempre que sus Gobiernos hallan realizado las Recompensas y honores con que me honrró su primer Congreso."
José de San Martín